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El Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) ha publicado el Real Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma ante la situación de crisis sanitaria que vivimos.
El Artº 7.1 de dicho R. Decreto fija las actividades a las que la ciudadanía podrá acudir; entre otras a las entidades financieras y de seguros, reseñadas en el apartado f).
Desde el Sector Financiero, Seguros y Oficinas, comprendemos y apoyamos sin reservas las medidas que el Gobierno está tomando y nos sumamos al llamamiento a no salir de los domicilios si no es estrictamente necesario, siempre siguiendo las indicaciones y medidas adoptadas por los poderes públicos.



















